jueves, 16 de octubre de 2014

Nuevo reglamento para las etiquetas alimentarias en Europa

Nuevo reglamento comienza a regir en diciembre.

Tanto empresas como consumidores deben estar al día con la nueva normativa de etiquetado alimentario que entrará en menos de 2 meses en Europa. El 13 de diciembre de 2014 comenzará a ser aplicable el reglamento 1169/2011 aprobado el 30 de septiembre de 2011 y que marca qué información deberán llevar los productos en su envase y cómo deberá presentarse ésta. Etiquetas con especificaciones muy claras ayudarán a las empresas a ser más transparentes y a los consumidores a estar más y mejor informados. La UE ha decidido unificar la legislación existente hasta ahora en esta materia en un solo reglamento, que establece las condiciones necesarias para que el etiquetado sea mucho más comprensible para los consumidores.
Las principales modificaciones que establece el nuevo reglamento son:
1.- El principal objetivo del reglamento es informar al consumidor de manera más clara y directa por lo que la letra de las etiquetas deberá ser más grande y legible. Por ejemplo, para los envases de más de 80 cm2 el tamaño mínimo de letra será 1,2 mm de altura, y en los de tamaño inferior de 0,9 mm.
2.- Se tendrá que especificar el origen de los productos, afectando de forma especial a los productos cárnicos. Se especificará también el país de procedencia del ingrediente primario.
3.- Los posibles alérgenos a partir de ahora deberán estar bien visibles y utilizar una tipografía diferente: color distinto, otro tipo de letra o que aparezca marcado en negrita.
4.- Fechas de congelación y descongelación. Habrá que distinguir entre ‘congelado en’, que será obligatorio para carne, productos de pesca no transformados y productos cárnicos, y ‘descongelado’ en aquellos productos que han sido descongelados antes de ponerlos a la venta.
5.- Etiquetado nutricional obligatorio. La información sobre energía, grasas saturadas, hidratos de carbono, proteínas, azúcares y sal se debe indicar de manera agrupada y expresada según la porción, puede ser por 100g o 100mg. De este modo, el consumidor conocerá los nutrientes del alimento que ha comprado, pero la etiqueta también le informará sobre la cantidad diaria recomendada que debe consumir de cada alimento, especialmente de vitaminas y minerales.
6.- Hasta ahora sólo se debía indicar si la procedencia de las grasas era vegetal, animal o si eran grasas hidrogenadas. La nueva legislación obliga a detallar qué tipo de aceite vegetal contiene: si es de girasol, de oliva o de palma. La presencia de grasas trans seguirá sin tener que indicarse, a la espera de la resolución en 2016.
7.- Los alimentos que aparentemente están elaborados de un solo tipo de carne o pescado, pero que son la suma de varios combinados con otros ingredientes, deben estar especificados. En concreto, son los que se comercializan bajo la denominación ‘Elaborado a partir de…’, y que ahora deberán incluir los aditivos alimentarios, las enzimas y si tienen proteínas añadidas de origen animal diferente.
8.- Menciones adicionales obligatorias: es necesario también especificar si el producto ha sido envasado en atmósfera protectora, o si contiene edulcorantes, cafeína, ácido glicirrícico o sal de amonio, fitosterol, etc.
9. Se deben evitar palabras confusas. Es el caso de ‘sodio’ que desaparecerá de los envases para dejarle paso a la más conocida ‘sal’.
10.- Las bebidas alcohólicas o refrescos con alcohol de más de 1,2 % tendrán que especificar el grado alcohólico.
11.- Etiquetado de nanoingredientes: será obligatoria la indicación en la lista de ingredientes de todos los nanomateriales con función de ingredientes, presentes en el producto final, seguidos de la palabra “nano”. Se consideran nanoingredientes aquellos nanomateriales que cumplan la función directa o indirecta de un ingrediente.
12.- Iguales en toda Europa. La misma norma que regirá a España, la aplicarán también en Francia, Italia y los otros 25 países miembros. Hasta ahora había una directiva europea a partir de la que los miembros de la UE establecían sus propias leyes de etiquetado como nuestro Real Decreto 1334/1999. En diciembre la norma será común. El nuevo texto es mucho más complejo y denso. 
Las empresas de alimentación llevan meses realizando un importante esfuerzo para tener lista la adaptación de su etiquetado antes de que acabe el año, y poder cumplir así con las exigencias UE 
Aporte: Miriam Troncoso
Fuente: fepale.org

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